El álgido tema de la minería en México

Compartir

Vida y milagros

El tema de la explotación minera es complicado y álgido en muchos estados del país y también lo es la forma en la que nuestras leyes la regulan. Me ha interesado tratar de entender esto porque en el estado de Puebla hay un gran número de concesiones otorgadas a diferentes grupos mineros, sobre todo en la sierra norte, en donde hay una alta complejidad social y ambiental y por diferentes motivos hay una oposición enorme a todos los proyectos mineros.



Una idea de las concesiones mineras en el estado de Guerrero. Tomada de Subversiones.

Por el gran potencial de nuestro país para la minería, el tema merece ser abordado en las agendas de los candidatos no solo locales, sino nacionales. Lo poco que he oído mencionar en las campañas con respecto a la minería es el tema de la inclusión de Napoleón Gómez Urrutia en la lista de plurinominales al senado por Morena. El motivo de esa inclusión no ha quedado suficientemente explicado. Podría ser por sus fuertes vínculos con los sindicatos mineros canadienses e ingleses. Ignoro si esos vínculos perjudican o benefician al país, pero sería bueno saberlo con claridad porque es muy probable que al señor lo veamos en el Senado. Precisamente por eso debiera ser un tema en las agendas políticas locales y federales.

Con respecto a las empresas mineras, el contar con las concesiones por escrito no quiere decir que esos grupos empresariales puedan ejercer los derechos sobre dichas concesiones a la hora que ellos quieran. Los permisos que otorga el estado mexicano vía la Secretaría de Economía son, afortunadamente, sólo un paso. Y digo afortunadamente porque la explotación minera puede ser de alto riesgo para el medio ambiente y las comunidades en donde se lleva a cabo dicha actividad. El cuidar que dicha explotación sea llevada a cabo con un altísimo grado de responsabilidad hacia el medio ambiente debe de ser asegurado desde los tres niveles de gobierno. Todos consumimos de manera directa o indirecta metales como el oro, cobre, aluminio, plata y otros metales en equipos de cómputo, en teléfonos celulares, en instrumental médico, en materiales de construcción y en muchas otras cosas. Los países que más oro consumen per cápita son Estados Unidos, China y la India, y un alto porcentaje es para cosas suntuarias como la joyería. Racionalizar y limitar ese consumo a actividades prioritarias para la humanidad es ya una tarea de interés global.



La minería a cielo abierto para la extracción de oro ha dejado incontables efectos negativos en la salud de los habitantes de Carrizalillo. Fotografía: Cristian Leyva

Fotograma del video La mina de Carrizalillo: El tajo abierto por la minera Gold Corp.



Trataré de hacer un breve recuento de cómo anda el marco normativo para las mineras en México:

El último acuerdo desregulatorio sobre el subsuelo mexicano entró en vigor en 1996 y fue suscrito por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y la Secretaría de Economía, Comercio y Fomento Industrial (SE). Fue el punto de partida de 13 años de reformas legales que hoy permiten la explotación de la minería no sólo a empresas mexicanas sino a empresas extranjeras, (Ley Minera reglamentaria del Artículo 27 Constitucional). El problema no es esa apertura, sino las intrincadas reglas del juego diseñadas para llevar a cabo dicha actividad, en cuyo procedimiento de gestión intervienen hasta nueve dependencias federales, estatales y municipales, pero que dejan en alta vulnerabilidad a las siempre débiles autoridades municipales, sobre las que al final recaen fuertes presiones de los empresarios mineros por un lado, y de las comunidades afectadas o beneficiadas por el otro.

El camino de los nueve pasos:

1. La SRE otorga a los extranjeros los permisos para constituir fideicomisos que les permitirán obtener el dominio y aprovechamientos de bienes inmuebles nacionales (léase, el subsuelo, aunque éste tenga arriba dueños que no son las empresas)

2. La SRE lo informa a la Coordinación General de Minería de la Secretaría de Economía, ya que dicha coordinación es la que expide títulos, celebra concursos, lleva el registro de los títulos de concesión, formula declaratoria de libertad de terrenos y OJO y muy importante, tramita solicitudes de expropiación, de ocupación temporal o servidumbres de paso sobre los terrenos debajo de los cuales existe una concesión y sobre los cuales se hacen las exploraciones para ver la factibilidad de una específica explotación minera.

3. La SRE da un permiso de constancia a la empresa.

4. La SHCP da a la empresa un registro fiscal.

5. La Secretaría de Economía lo inscribe en el registro de empresas para en su caso emitir permisos de explotación del subsuelo, llamados también "denuncios.

6. El Registro Agrario Nacional registrarán los contratos que las empresas hagan con los ejidos o bienes comunales y las áreas de uso o común.

7. La SEMARNAT, en caso de minerales reservados a la federación que vienen señalados en las leyes y normas de la ley de minas, revisa que la forma en que se ejecuta el proyecto esté apegado a la normatividad ambiental existente, incluidos los instrumentos de planeación locales, tales como los ordenamientos ecológicos o los programas de desarrollo urbano con los que cuenten los municipios. Todo esto para llevar a cabo la Evaluación de Impacto Ambiental. A solicitud de partes se hará la consulta técnica que se pondrá a disposición en línea. Es hasta llegar a la fase de explotación, que el promovente deberá presentar el Manifiesto de Impacto Ambiental MIA, y el estudio de riesgo. (Fracción III art. 35 de la LGEEPA). Las acciones de exploración y sondeo no requieren de MIA y así lo marca la ley. Muchas veces se confunden las actividades de exploración con las de una explotación ya formalizada, y desde ahí, por las formas opacas o la prepotencia en las que a veces incurren las empresas mineras, empiezan los malentendidos.

8. En la última Reforma Energética se acordó que la Secretaría de Energía hará las consultas públicas correspondientes en los proyectos de aprovechamiento del subsuelo en las comunidades indígenas (Convenio 169 de la OIT). Dicha consulta pública y la forma en que deberá llevarse a cabo no cuenta con un marco regulatorio, por lo que los mecanismos para la consulta indígena con valor jurídico y vinculante no existen, aun cuando es obligatoria y en la mayoría de los casos indispensable para evitar conflictos sociales. Este vacío normativo debe llenarse a la brevedad de parte de la cámara de diputados.

9. Los municipios expedirán los usos de suelo correspondientes dentro del marco jurídico y regulatorio de cada uno. Los ordenamientos ecológicos o los de desarrollo urbano, que pueden ser una poderosa herramienta de ordenamiento cuando está bien hecha, rara vez existe o está actualizada en los municipios. Para hacer eso casi nunca hay ni dinero ni tiempo.

El estado mexicano en su conjunto y los 32 estados del país tienen un enorme rezago en materia de ordenamiento del territorio. Los municipios son responsables de general sus propios instrumentos regulatorios, y en caso de no poder hacerlo, es la autoridad estatal la que tendrá que coadyuvar en su elaboración. De los 217 municipios del estado de Puebla son muy pocos los que cuentan con dichos instrumentos. Es importantísimo contar con ellos porque la presión de la minería en ciertas regiones del país es muchísima. Para dimensionar la urgencia de esto doy las cifras tomadas de la página PODER. http://www.projectpoder.org con respecto a la sierra norte de Puebla:

PODER

BUILDING A CITIZEN-LED MOVEMENT FOR CORPORATE TRANSPARENCY AND ACCOUNTABILITY IN LATIN AMERICA.

Según sus datos, registran que a fines de 2016 hay 189 concesiones mineras federales en 30 municipios de la Sierra norte de Puebla dispersos en cerca de 250 mil hectáreas, de las cuales 73.5% son agrícolas, pecuarias o forestales. El 53% de las concesiones son de la minera canadiense Almaden Minerals, y el resto son de mineras chinas o nacionales. Almaden Minerals tiene en Ixtacamaxtitlán 11 mil hectáreas en concesión que derivarían en 120 hectáreas de aprovechamientos efectivos. Solo el 1% de dicho territorio acabaría teniendo minas, pero el impacto ambiental sobre el agua puede ser de alto riesgo si el proceso no es impecable, pues el oro en la sierra norte está disperso en la tierra y no concentrado en vetas, por lo que la explotación es de tajo a cielo abierto en una orografía muy complicada. Hoy solo Cuetzalan cuenta con un plan de ordenamiento ecológico que data de 2010. El ordenamiento ecológico del estado está en pañales.

El caos territorial nacional es evidente, pero se vuelve particularmente peligroso cuando en las comunidades no existen las herramientas para enfrentar con instituciones fuertes a los enormes poderes fácticos de las mineras.

¿Con qué instrumentos y presupuestos cuentan las instituciones públicas para hacer buenos diagnósticos y dar autorizaciones responsables?

¿ Cuándo sí y cuándo no a un proyecto minero? ¿ Con qué fortaleza se supervisará su actuar?

A ver si se acuerdan del tema los candidatos...

Compartir

Sobre el autor

Verónica Mastretta

Verónica Mastretta. Ambientalista, escritora. Encabeza desde 1986 la asociación civil Puebla Verde y promueve con la OSC Dale la Cara al Atoyac la regeneración de la Cuenca Alta del Río Atoyac en Puebla y Tlaxcala.