Dale la Cara al Atoyac: de las recomendaciones de la CNDH a la investigación penal a los responsables Destacado

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Postura y comentarios de DLCA con respecto las recomendaciones de la CNDH hechas públicas el 23 de marzo de 2017.

A raíz de las recomendaciones de la CNDH hechas públicas el día 23 de marzo de 2017, una vez más proponemos de manera enérgica alinear las acciones para resolver las recomendaciones de la CNDH con respecto a la contaminación extrema de la Cuenca Atoyac Xochiac que abarca parte de los estados de Puebla y Tlaxcala. Proponemos tomar las acciones y criterios indicados por la Red Internacional de Organismos de Cuenca para alcanzar la gobernanza del agua que como eje central propone la creación de un fideicomiso que esté diseñado como una unidad que responda a la conservación integral de la cuenca y no a los intereses políticos pasajeros. Los recursos recabados deberán ser públicos y deberán manejarse de manera transparente y abierta a la sociedad.



Es importante que se alineen todas las autoridades y que éstas cumplan con las NOM en materia de agua y en particular con los parámetros de la Declaratoria específica Atoyac Xochiac decretada en 2011 para las descargas de aguas tratadas en cuerpos de agua.

La CNDH no puede procesar jurídicamente a las instancias respectivas, pero recomienda a los gobiernos organizarse para trabajar coordinadamente y de forma transversal, de manera que en seis meses puedan presentar respuestas concretas para la solución integral de las recomendaciones emitidas. Si en seis meses no está corregido el problema, la CNDH ordenará a la PROFEPA para que proceda a presentar las denuncias correspondientes ante la PGR contra quienes resulten responsables, pero muy específicamente contra los ayuntamientos que cobran en los recibos el tratamiento de agua y sin embargo no llevan a cabo las acciones a las que están obligados, desviando los recursos y haciendo un uso discrecional de un cobro específico para el rubro de saneamiento. Estas recomendaciones las sustenta la CNDH con el reporte de las investigaciones hechas desde la denuncia realizada en 2011 e informando puntualmente hasta la expedición de las recomendaciones. Lo que podemos observar en el cuerpo del documento de la CNDH es que la federación reporta muchas acciones puntuales debidamente fechadas y sustentadas, aunque obviamente no han sido suficientes pues se necesitan las acciones coordinadas de los tres niveles de gobierno. Por parte de los gobiernos de los estados de Puebla y Tlaxcala, pese a haber firmado convenios interestatales en 2008 y 2011, no ha habido voluntad política ni las acciones necesarias para atender el grave problema de contaminación del agua en la cuenca; tampoco se ha presupuestado desde ambos congresos o desde el poder ejecutivo de los gobiernos de los estados y sus instancias respectivas el presupuesto mínimo para la solución del grave problema denunciado. Quizá por eso el expediente no documenta ninguna acción poderosa llevada a cabo por ambos gobiernos estatales.



Con respecto Puebla, de 2011 a la fecha, ni el gobierno del estado de Puebla ni los municipios que descargan sus aguas en la cuenca han hecho las gestiones necesarias para que los municipios tengan códigos reglamentarios bien hechos y padrones de usuarios que permitan cobrar la dotación de agua potable y su saneamiento de manera clara y eficiente. Las instancias estatales para la gestión del agua han estado reducidas a su mínima capacidad presupuesta y de personal. Con respecto a los dos municipios mencionados en las recomendaciones de la CNDH que son Huejotzingo y San Martín Texmelucan, aun cuando cobran el agua y su saneamiento y cuentan con plantas de tratamiento, éstas se encuentran paradas, desde hace dos años la de Huejotzingo y ocho la de San Martín Texmelucan, por lo que han fallado en cumplir con los parámetros de descarga a un cuerpo de agua de la acorde con la Declaratoria Atoyac Xochiac; están incurriendo en desvío de recursos ya que cobran un servicio de saneamiento que finalmente no están llevando a cabo. Además, ambos municipios están permitiendo que empresas con descargas no afines a descargas municipales contaminen sus drenajes con aguas que no deberían recibir. Dichas aguas altamente contaminadas vertidas en drenajes municipales quedan ocultas y complican enormemente un control eficaz de parte de la autoridad federal (CONAGUA).

Desde nuestra organización hemos señalado en los últimos cuatro años que es de gran relevancia que las autoridades hagan su parte, sancionando a empresas que no cumplen y a quienes descargan aguas contaminadas a drenajes municipales, cargando el costo de sus procesos productivos a la sociedad en su conjunto. Cerca de ocho mil empresas que descargan en drenajes municipales de la ciudad de Puebla y otros municipios conurbados como los dos mencionados en las recomendaciones de la CNDH y otros municipios de la cuenca, permanecen impunes hasta la fecha. Las recomendaciones de la CNDH son otra manera de demostrarle a la comunidad la falta de conciencia ambiental y el poco interés político público y privado por resolver el problema tan grande de contaminación de nuestra cuenca, que además hoy en día se traduce ya en costos sumamente elevados de salud pública.



Como complemento a lo señalado, Dale la Cara al Atoyac A.C. ha realizado ya dos denuncias penales en la PGR contra quien resulte responsable en los dos municipios señalados dentro de la recomendación de la CNDH y también una más en el municipio de Puebla. Con nuestro equipo jurídico nos mantenemos al pendiente del curso de la denuncia, esperando que la PGR realice las averiguaciones pertinentes que deriven en sanciones penales contra quienes resulten responsables de los delitos ambientales mencionados.

Este mandato de la CNDH obliga además a los tres niveles de gobierno a coordinarse y finalmente a converger en lo que Dale la Cara A.C. ha estado proponiendo, que es el fortalecimiento del organismo de cuenca alineado a los criterios de la Red Internacional de Organismos de Cuenca, RIOC, que hoy nuestro país preside. En dichos organismos el problema se aborda de manera conjunta y transversal y se crea un fondo que se aplica en criterios de restauración a largo plazo, muy lejos de los efímeros criterios políticos. La restauración de las cuencas hídricas tiene que diseñarse de manera técnica, jurídica y financiera más allá de los tiempos políticos y los colores de los partidos. Tiene que existir un acuerdo claro para que el agua y su saneamiento se cobre de acuerdo a lo que cada quien contamine y se etiqueten los recursos para ser utilizado en temas de saneamiento y acciones que generen la recuperación del río y la conservación de la cuenca.

Esperamos que las recomendaciones de la CNDH y las acciones legales mencionadas sean tomadas con la debida receptividad y responsabilidad por parte de las autoridades y que sean útiles para lograr la regeneración de la cuenca.

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