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Cholula Viva y Digna: una vez más contra la violación a la ley de Monumentos Arqueológicos en la Pirámide Destacado

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Mundo Nuestro. La siguiente es la carta abierta dirigida por la organización civil Cholula Viva y Digna a las autoridades del Instituto Nacional de Antropologia e Historia y de la Secretaria de Cultura a raíz de las declaraciones del delegado del Centro INAH Puebla sobre la obra en la zona arqueológica de Cholula y los permisos otorgados por el Instituto, y contiene la exigencia de cancelación de las obras en la Pirámide de Cholula y el deslinde de responsabilidades de los funcionarios públicos tanto estatales como federales que han violado la Ley de Monumentos Históricos en México.

Cholula, Puebla. 28 de julio de 2016
Instituto Nacional de Antropología e Historia
Secretaría de Cultura
A la opinión pública
En respuesta a las declaraciones emitidas en días pasados1 por José Francisco Ortiz
Pedraza, delegado del Centro INAH Puebla, sobre los permisos emitidos por el
Instituto para las obras en la zona arqueológica de Cholula, manifestamos lo siguiente:
Formalmente se identifican dos proyectos ejecutivos por parte del gobierno del
Estado; ambos se encuentran reservados2 en su totalidad por un periodo de siete años
y sus nombres son:
1. “Obras de mejoramiento urbano, deportivo, de esparcimiento y sustitución de
calle, banquetas y andadores en espacios públicos de Cholula“
Con folio de obra 20141369, bajo el procedimiento ADJ-040⁄2014-FED
No. de contrato CAPCEE-380⁄2014-FED
2. “Protección, conservación y restauración de la zona típica monumental en San
Pedro y San Andrés Cholula“
Con folio de obra 20150336, bajo la licitación LO-921024994-N9-2015
No. de contrato CAPCEE-074⁄2015-FED
El permiso con referencia a la primera obra se emitió en marzo del presente año3,
mientras que los trabajos dieron inicio 14 meses antes4, amparados en una licencia de
trabajos preliminares que explícitamente prohibió la realización de excavaciones5.
Sobre esta obra, con aval académico del doctor Eduardo Merlo Juárez, el Centro INAH
Puebla designó como supervisor al pasante en arqueología Arnulfo Allende Carrera,
quien procedió a realizar una serie de pozos de sondeo6, en absoluto desacato a las
indicaciones del Consejo de Arqueología que rechazó su propuesta de rescate
arqueológico7. Este órgano colegiado se negó a aceptar el informe presentado por
Allende8, manifestando que la ubicación de dichos pozos se hizo en función de la
instalación de infraestructura subterránea como drenaje, luz eléctrica, telefonía, etc.
Estas obras no fueron autorizadas por el Consejo de Arqueología, en violación al
artículo 47 de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e
Históricos; hecho que se castiga con prisión.
ARTICULO 47.- Al que realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por
excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos
inmuebles, o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto
Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de tres a diez años y de
mil a tres mil días multa.
Al que ordene, induzca, dirija, organice o financie las conductas descritas en el
presente artículo, se les incrementará hasta por una mitad las penas antes señaladas.
Somos testigos de la cantidad de material sustraído en estas excavaciones y por lo
tanto estamos preocupados por el destino del material cerámico, lítico y óseo.
Hacemos notar que el informe técnico carece de un listado de bolsas, objetos y
elementos arqueológicos.
Sobre la segunda obra, la Coordinación de Arqueología reconoció que no existe
licencia alguna de parte del INAH9, pues se argumenta que sólo se trata de la
remodelación del Hospital Psiquiátrico. Sin embargo, estos trabajos incluyeron
excavaciones en la zona protegida, además de la construcción de nuevos edificios e
infraestructura subterránea, violando a todas luces no sólo la restricción de la
Coordinación de Arqueología, sino el decreto de protección10 del polígono zona 1,
emitido en 1993.
Cabe mencionar que este edificio es un hito arquitectónico, histórico en la región,
referente en las arquitecturas porfirianas y cuya fisionomía ha sido seriamente
alterada por la invasión de elementos nuevos y la destrucción de elementos
arquitectónicos antiguos e irremplazables. Muestra de ello es la presencia de tinas de
hidromasaje y alberca en el proyecto ejecutivo de la obra11.
Aunado a ello, por parte de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos no se
autorizó ningún permiso para los trabajos en dicho inmueble, bajo el argumento de
que este particular no es de su competencia por tratarse de un edificio cuya
construcción dio inicio en el siglo XX.
Por todo lo anterior, exigimos lo siguiente:
1. La cancelación inmediata y total de las obras efectuadas en la zona
protegida de Cholula.
2. Que se finquen las responsabilidades por haber actuado en absoluto
desacato al Consejo de Arqueología y se determinen las sanciones
correspondientes, a la luz de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas
Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
3. Solicitamos saber el paradero y destino del material arqueológico que fue
sustraído de forma ilegal durante las excavaciones mencionadas.
4. Demandamos un alto total a la destrucción de este sitio sagrado.
CIRCULO DE DEFENSA
CHOLULA VIVA Y DIGNA



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